RECURSOS EN MATERIA DE EXTRANJERÍA

Como abogados especializados en derecho de extranjería ofrecemos un servicio integral a nuestros clientes en todo lo que hace referencia a los recursos que se tienen que interponer ante la Administración:

Recursos en materia de extranjería:

Recurso por denegación de residencia y trabajo por arraigo:

Es muy importante comprobar que la documentación está completa, de no ser así, hay un plazo de subsanación para la aceptación de la misma.

En el supuesto de denegación podremos interponer un recurso de extranjería ante la Subdelegación del Gobierno correspondiente en un plazo de un mes desde la recepción de la notificación.

En el supuesto de denegación nuevamente, disponemos de un plazo de dos meses para interponer recurso de extranjería ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo.

Tenemos que tener presente que a lo largo del procedimiento podemos pedir diferentes tipos de medidas cautelares para que no se incurra en la vulneración de derechos por parte de la propia Administración.

Recurso de alzada:

En el supuesto que la Administración no acepte las alegaciones, podemos presentar este recurso ante la propia Administración. Tienen un plazo de tres meses para contestar y si pasado el mismo no han contestado se entiende que no han aceptado las alegaciones. El siguiente paso es la interposición de un recurso Contencioso Administrativo ante los propios Tribunales de Justicia.

Recurso de reposición:

Estamos ante un recurso optativo, que solo se puede presentar si han desestimado el recurso de alzada.

Recurso contencioso-administrativo:

En el caso que la Subdelegación del Gobierno no haya aceptado los recursos de reposición o alzada, disponemos de un plazo de dos meses para la interposición del recurso contencioso-administrativo ante los Tribunales de Justicia.

Recurso de apelación:

En el supuesto de que no hayan aceptado el recurso contencioso-administrativo, tendremos que recurrir en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia respectivo.

Recurso de casación:

Dicho recurso lo presentaremos ante el Tribunal Supremo.

Recurso de amparo:

Cuando estimamos que se han vulnerado derechos fundamentales presentaremos el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

Para un asesoramiento integral en materia de extranjería es más que recomendable ponerse en contacto con un abogado especializado en extranjería.

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