DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO
El divorcio de mutuo acuerdo es el divorcio llevado a cabo de una forma amistosa por los cónyuges, eso conlleva a que en principio no hay un procedimiento judicial sino que existe un acuerdo entre las partes.
Serán los mismos cónyuges los que establecerán las pautas que deberán regir sus relaciones después de la disolución matrimonial.
El procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo o también denominado divorcio exprés es un procedimiento mucho más rápido que el divorcio contencioso y que el mismo conlleva a la realización de un juicio. En el divorcio de mutuo acuerdo los dos cónyuges pueden compartir el mismo abogado y el mismo procurador (cosa que no ocurre en el divorcio contencioso) cuando presentan la demanda de divorcio de mutuo acuerdo y el convenio regulador al cual han llegado a alcanzar las dos partes implicadas.
Divorcio de mutuo acuerdo
El divorcio de mutuo acuerdo es un proceso rápido, sencillo y mucho más económico que el divorcio contencioso.
En el convenio regulador se deben establecer una serie de acuerdos en el supuesto que los cónyuges tengan hijos en común:
-Plan de parentalidad.
-Alimentos que se han de prestar tanto en las necesidades ordinarias como en las extraordinarias, indicando la periodicidad, modos de pago, criterios de actualización y si lo han previsto, garantías.
-Si es necesario, establecer el régimen de relaciones personales entre hermanos y abuelos que convivan en el mismo domicilio.
-La prestación compensatoria que se atribuye a uno de los cónyuges, indicando la modalidad de pago, la duración, los criterios de actualización y las garantías.
-La atribución o distribución del uso de la vivienda familiar.
-La liquidación del régimen económico matrimonial i la división de los bienes en comunidad ordinaria indivisa.
-Los cónyuges también pueden acordar los alimentos para los hijos mayores de edad o emancipados que no tengan recursos económicos propios.